Seguros

NORMAS DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE

ASISTENCIA MÉDICA

La asistencia médica garantizada en la Póliza, será prestada por el Centro Médico o facultativo concertado por ZURICH. Para acceder a ella es imprescindible seguir los siguientes pasos:

En caso de accidente deportivo de un federado, se deberá dirigirse a los Centros concertados de Urgencias por la Compañía para la prestación de la asistencia a los Asegurados. Información telefónica en día laborable, dentro del horario de oficina (9h a 13:30h y 15h a 17h): Telf.: 93.233.10.34 / 93.233.10.79 e información telefónica exclusivamente para fuera de horario y fines semana: Telf. 93.267.10.55

Para la primera asistencia por un Centro Hospitalario de Urgencias y/o Traumatólogo de los recomendados por la Aseguradora, el Federado deberá presentar la siguiente documentación:

• Parte de accidente debidamente cumplimentado

• DNI o documento análogo

• Licencia Federativa

En el supuesto de no poder aportar esta documentación en el momento de la asistencia, deberá efectuarse en un plazo máximo de 48 horas.

El Asegurado deberá contactar con la Federación Madrileña de Motociclismo cumplimentando el Parte de Accidentes en un plazo máximo de 7 días, aportando el máximo de detalles, prestando especial atención a la significación de: la fecha y la forma de la ocurrencia, los datos del lesionado y la descripción de las lesiones sufridas por el mismo.

La Federación Territorial, una vez tenga la información requerida, y en el plazo de 24 horas deberá comunicar el siniestro a ZURICH:

1. Enviando el Parte de Accidentes cumplimentado y sellado por la Federación Territorial a la siguiente dirección de correo electrónico:

aperturas@zurich.com

2. Poniendo en copia en dicho correo a:

a) el propio Federado

b) siniestros.federaciones@peris.es

c) monica.alba@zurich.com

d) josep.bonvehi.font@zurich.com

2.- Para coger cita de cualquier especialidad, será necesario que el Federado solicite autorización previa a la Compañía (deberá solicitar cita directamente en el centro). El propio centro concertado se encargará de realizar las gestiones oportunas (solicitud de autorizaciones) con la Aseguradora.

3.- En caso de URGENCIA VITAL, el lesionado podrá recibir la asistencia médica de urgencia, en el Centro Sanitario más próximo. En estos casos ZURICH se hará cargo de las facturas derivadas de la asistencia de urgencia prestada en las primeras 24 horas, desde la fecha de ocurrencia del accidente, conforme a lo establecido en el R.D. 849/1993, de 4 de junio.

Una vez superada la primera asistencia de urgencia, el lesionado deberá ser trasladado a un Centro Médico Concertado, para continuar su tratamiento.

4.- En caso que se encuentren en tratamiento médico NO podrán realizar ninguna actividad deportiva, mientras no hayan recibido el ALTA MÉDICA DEPORTIVA con el fin de no agravar las lesiones sufridas, en cuyo caso se procederá a la paralización del tratamiento médico que estaba recibiendo y al rechazo de las lesiones que un nuevo accidente le hubieran ocasionado.

En caso de permanencia en Centro Médico NO CONCERTADO, ZURICH no asumirá el pago de las facturas derivadas de los servicios prestados.

Documentos:

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