Seguros

NORMAS DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE

ASISTENCIA MÉDICA

Asistencia ante URGENCIA VITAL (está en riesgo la vida del afectado).

Asistencia URGENTE (centro hospitalario concertado).

Asistencia NO URGENTE (derivación a especialista).

La asistencia médica garantizada en la póliza será prestada por los centros médicos o facultativos concertados por la compañía aseguradora. La única excepción a este punto es la urgencia vital recibida en centro hospitalario más próximo, pudiendo no  ser  este  uno  de  los  centros  concertados  por  la  compañía  aseguradora,  

Lloyd ́s Insurance y Póliza de accidentes nº   B1819A230274/275

EN  CASO  DE  PRECISAR  ASISTENCIA  MÉDICA  URGENTE  DEBE  LLAMAR  AL TELÉFONO  INDICADO  A  CONTINUACIÓN  DONDE  LE  INDICARÁN  EL  CENTRO CONCERTADO AL QUE DEBE ACUDIR:

931 804 272

CONSULTAS/PRUEBAS QUE PRECISAN AUTORIZACIÓN DE LA COMPAÑÍA

TODAS LAS URGENCIAS (EXCEPTO LA URGENCIA VITAL), CONSULTAS CON ESPECIALISTAS, PRUEBAS DIAGNÓSTICAS, SESIONES DE REHABILITACIÓN O CUALQUIER OTRO TRATAMIENTO, PRECISAN AUTORIZACIÓN PREVIA.

PARA  SU AUTORIZACION ES NECESARIO QUE EL ACCIDENTE ESTE COMUNICADO Y EL PARTE DE ACCIDENTE ESTÉ ENVIADO AL SERVICIO MÉDICO DE LA COMPAÑÍA ASEGURADORA,  DEBIDAMENTE  CUMPLIMENTADO  Y  SELLADO  POR  LA FEDERACIÓN.

SISTEMA DE SOLICITUD DE AUTORIZACIONES PREVIAS

–  LAS AUTORIZACIONES LAS PUEDE TRAMITAR TANTO EL CENTRO MÉDICO COMO EL LESIONADO/A. EL LESIONADO/A PUEDE ENVIAR UN CORREO ELECTRÓNICO  (motociclismo@digglo.es ) CON EL INFORME MÉDICO RESULTANTE DE LA CONSULTA, PRUEBA O FINALIZACIÓN DE UN TRATAMIENTO Y EL TRAMITADOR ASIGNADO LE CONTESTARÁ CON LA ACEPTACIÓN O DENEGACIÓN DE LA CONTINUIDAD DE ASISTENCIA.

EL LESIONADO DEBE PONERSE EN CONTACTO TELÉFONICO CON EL SERVICIO MÉDICO DE LA COMPAÑÍA ASEGURADORA SIEMPRE PARA LA DECLARACIÓN INICIAL DEL ACCIDENTE.

LAS DUDAS, CONSULTAS, COMUNICACIÓN DE INCIDENCIAS, PUEDEN SER ATENDIDAS POR CUALQUIERA DE LAS VÍAS (TELEFÓNICA O CORREO ELECTRÓNICO).

–  EL SERVICIO MÉDICO DE LA COMPAÑÍA ASEGURADORA RESOLVERÁ, SOBRE LA PETICIÓN, EN  UN  PLAZO  MÁXIMO  DE  72  HORAS  DESDE  LA  RECEPCIÓN  DE  LA  PETICIÓN  DE AUTORIZACIÓN + DOCUMENTACIÓN NECESARIA.

OBSERVACIONES- IMPORTANTE

TRANSCURRIDOS 7 DÍAS DESDE LA OCURRENCIA DEL ACCIDENTE SIN QUE ESTE HAYA SIDO COMUNICADO AL SERVICIO MÉDICO DE LA COMPAÑÍA ASEGURADORA, EL SINIESTRO SERÁ RECHAZADO.

Documentos:

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